El Gobierno aprueba el nuevo canon digital, que gravará smartphones, DVDs y tabletas
#13
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Pues si no elijes, a la cazuela.
[Imagen: WZSsaPY.jpg]
#14
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moriré como un mártir
#15
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(05-07-2017 03:55)Pei escribió:Es irónico, pero precisamente dan pie a dicho razonamiento, el cuál es lógico y acertado.

Daré palmas con las orejas el día en el que una sentencia dé por válido ese razonamiento como defensa de algún enjuiciado por piratería, porque por falta de lógica desde luego que no iba a ser.
(Ultima edición: 05-07-2017 14:26 por Xiphias.)
#16
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Me toca los huevos el pirateo por costumbre, pero me lo toca muchísimo más el hecho de que presupongan que pirateo y por tanto encarezcan los productos. Es absolutamente ridículo, por esa regla de tres, con toda la corrupción que hay, los sueldos de los políticos deberían estar recortados porque ya presuponemos que lo van a robar.
[Imagen: DNC-04.png]
#17
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(05-07-2017 14:26)Xiphias escribió:Daré palmas con las orejas el día en el que una sentencia dé por válido ese razonamiento como defensa de algún enjuiciado por piratería, porque por falta de lógica desde luego que no iba a ser.
Aunque suene a la coña más absoluta. Un usuario llevó un proceso judicial para que le devolverían el dinero de más no sé si por unos cd's o DVD's vírgenes, porque no los había usado para actividades ilícitas. Parece una noticia de el mundo today pero la leí hace años en varias partes, con los ojos como platos
#18
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(05-07-2017 16:20)Rosstheboss escribió:Aunque suene a la coña más absoluta. Un usuario llevó un proceso judicial para que le devolverían el dinero de más no sé si por unos cd's o DVD's vírgenes, porque no los había usado para actividades ilícitas. Parece una noticia de el mundo today pero la leí hace años en varias partes, con los ojos como platos

Es que tienen que darse casos de este estilo a la fuerza cuando el ordenamiento jurídico presenta contradicciones.
#19
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¿El gobierno solito puede aprobar estas mierdas? Me gustaría saber si esto se ha aprobado con el sí de otros partifos para estar más informado.

@Rosstheboss, ese tío que mencionas que demandó es un héroe. Ojalá hubiese más personas con esas agallas, porque está claro que eso reporta más beneficio a la sociedad que a él mismo.
#20
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El derecho comunitario, que tiene primacia sobre el derecho "nacional", EXIGE que en los paises que quieran contemplar el derecho a copia privada se PAGUE una compensacion al propietario intelectual de una obra, ya que se esta imponiendo un limite al derecho del autor a autorizar o denegar reproducciones de su obra.

Esto no tiene nada que ver con "permitir" las descargas de contenido ni la pirateria. La copia privada es pillar TU DVD con la primera temporada de Pasion de Gavilanes y hacerte una copia en otro disco para verlo TU en TU CASA. Desde el momento en el que lo difundes publicamente es evidente que ya no se trata de una copia privada.

El anterior canon lo tumbaron en Europa por estar a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, con lo cual no discriminaba entre quien esta facultado (personas fisicas) para realizar copias privadas sin autorizacion del propietario de los derechos y quien no lo esta (personas juridicas) y por tanto no debe de pagar un canon, al igual que entre las personas fisicas tampoco discriminaba entre quien adquiria esos instrumentos que permiten realizar copias y quien no lo hacia.

Y ahora direis "si, pero es que yo uso el DVD para grabar las fotos del viaje de mis abuelos a Benidorm". Chachi, pero el canon lo pagas directamente por la capacidad de ese soporte para realizar copias.

"Sobre este particular, el Tribunal de Justicia ha precisado que no es necesario en modo alguno que estas personas hayan realizado efectivamente copias privadas. En efecto, desde el momento en que se ponen a su disposición aparatos o soportes de reproducción, esta puesta a disposición basta para justificar que contribuyan a financiar la compensación equitativa establecida a favor de los titulares de los derechos (véanse, en este sentido, las sentencias de 21 de octubre de 2010, Padawan, C‑467/08, EU:C:2010:620, apartados 54 a 56, y de 5 de marzo de 2015, Copydan Båndkopi, C‑463/12, EU:C:2015:144, apartados 24, 25 y 64)."

http://curia.europa.eu/juris/document/do...cid=909160

Y esto se hace de forma practicamente similar en toda Europa.
(Ultima edición: 06-07-2017 00:26 por Tas.)


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