Las empresas españolas deberán dejar de usar Dropbox o Google Apps
#1
Cita
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha mandado un recordatorio a las empresas españolas para que dejen de usar aplicaciones que envíen sus datos a territorio estadounidense. Este es uno de los efectos de la anulación del conocido Safe Harbor, una directiva que autorizaba a las compañías la transferencia de datos personales de ciudadanos europeos a un tercer país (incluido Estados Unidos).

Para que las empresas puedan seguir usando las aplicaciones estas deben cumplir tres requisitos: contar con la autorización del Director de la Agencia, el consentimiento informado de todas las personas cuyos datos se vean afectados o utilizar alguna de las excepciones previstas en el artículo 34 de la Ley Orgánica 15/1999. En caso contrario deberán abandonar el uso de esas aplicaciones el 29 de enero de 2016 o se expondrán a una multa cuyo importe oscilará entre los 300.001 euros y 600.000 euros

Entre las aplicaciones que guardan o tratan información con datos personales de sus clientes encontramos a Dropbox, Google Drive o Google Apps, servicios como Google Analytics, Google Adsense o MailChimp, las redes sociales Facebook, Twitter e Instagram, o la web de almacenamiento de imágenes Flickr.

Poco después de que se anulase el Safe Harbor, la Comisión Europea anunció haber llegado a un principio de acuerdo de transferencia de datos con Estados Unidos. Se desconoce cómo ha evolucionado el pacto, pero si no se firma antes del 29 de enero algunas empresas podrían tener serios problemas para continuar funcionando con normalidad.

Fuente
#2
Cita
Madre mía, a mi me ponen en la ruina como esto sea verdad roto2
[Imagen: firma.jpg]
Miembro de la iglesia Pachteriana. ¡ALABADO SEA EL PROFETA!
#3
Cita
(09-12-2015 08:00)goshe escribió:Madre mía, a mi me ponen en la ruina como esto sea verdad roto2
La solución te la da el mismo texto:

Cita:contar con la autorización del Director de la Agencia, el consentimiento informado de todas las personas cuyos datos se vean afectados o utilizar alguna de las excepciones previstas en el artículo 34 de la Ley Orgánica 15/1999

Básicamente te dirán que aceptes los nuevos términos y se acabó.


Salto de foro:


Usuarios navegando en este tema: 1 invitado(s)