26-04-2018 20:23
A ver, yo tengo una duda, porque en base a lo siguiente..........
O sea, imagináos la situación. Imagináos la cara de la chica, su expresión. Estando en shock como ella asegura, su rostro debió de ser la viva imagen de la repulsa y el miedo. Es decir, los agresores, si tienen ojos en la cara, debieron de percibir claramente dichos sentimientos reflejados en la cara de la mujer.
¿Cómo es exactamente la ley esa que menciona lo de la intimidación?
Cita:P. Bien, esa es la percepción suya. La pregunta que le hago es: ante esa situación, desde el punto de vista de los acusados, qué manifestación hizo usted, de cara a ellos, para que supiesen que usted estaba en situación de shock y que estaban teniendo esa situación de relaciones sexuales sin consentimiento por su parte, ¿cómo pudieron ellos... si usted hizo algo, manifestó algo, verbalizó algo...?¿Basta con que la víctima se sienta intimidada para que un caso así se pueda considerar como violación, o tiene que haber también violencia física?
R. No, no. O sea, yo cerré los ojos... No hablaba, no estaba haciendo nada, estaba sometida y con los ojos cerrados. Si eso... Estaba con los ojos cerrados y sin hacer nada, ni decir nada ni nada. Entonces, si...
O sea, imagináos la situación. Imagináos la cara de la chica, su expresión. Estando en shock como ella asegura, su rostro debió de ser la viva imagen de la repulsa y el miedo. Es decir, los agresores, si tienen ojos en la cara, debieron de percibir claramente dichos sentimientos reflejados en la cara de la mujer.
¿Cómo es exactamente la ley esa que menciona lo de la intimidación?