[Semi Offtopic] Se absuelve a desarrollador de redes P2P
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Cita
Las compañías vuelven a perder en su lucha contra el intercambio de archivos por internet. En esta ocasión les ha tocado a las discográficas.

Cita:Sentencia histórica: se absuelve a Pablo Soto por crear software P2P y se condena en costas a las discográficas.

Tras años de litigio ha recaído sentencia en el caso que enfrentaba a las mayores multinacionales discográficas del mundo, SONY, WARNER, UNIVERSAL, EMI, y a la patronal PROMUSICAE, contra el desarrollador español Pablo Soto. Al joven informático le reclamaban más de 13 millones de euros por crear programas de intercambio de archivos a través de Internet responsabilizándole de las posibles infracciones de los millones de usuarios que descargan y ofrecen música con esas aplicaciones. La sentencia, del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, desestima íntegramente la demanda y condena en costas a las demandantes.

En junio de 2008, el programador Pablo Soto y sus empresas de software fueron demandadas por las cuatro majors de la industria discográfica mundial, a la que se unió PROMUSICAE, su patronal. El juicio se celebró en Madrid en el año 2009 y ahora ha recaído la sentencia que es totalmente favorable al desarrollador español demandado.

La demanda, que llegó a calificar las herramientas objeto del procedimiento como ÔÇ£armas de destrucción masivaÔÇØ y a Pablo Soto como ÔÇ£el gran traidor de la causa P2PÔÇØ, adjuntaba hasta nueve periciales para acreditar sus tesis. Sin embargo, tras varios años de procedimiento y un juicio que duró un total de 15 horas, la sentencia coincide plenamente con la postura jurídica sostenida por la defensa argumentando que el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual. El Juzgado, que pese a lo manifestado por las demandantes considera que la actividad de Pablo Soto y sus empresas era aboslutamente transparente, considera además que ha quedado acreditado que los demandados no almacenaban ningún archivo musical y que ÔÇ£las sentencias firmes hasta la fechaÔÇØ coinciden en manifestar que ÔÇ£en ningún caso [es una infracción] el mero hecho de facilitar esa conductaÔÇØ de intercambio de música.

El caso Soto mantiene relevancia internacional ya que se enmarca dentro de la estrategia global de litigio seguida por las multinacionales contra cualquier desarrollador de tecnología que consideren perjudicial para sus intereses. El caso es seguido de cerca por estudiosos de todo el mundo y plantea judicialmente la tensión que se produce entre los desarrolladores de software y las multinacionales que ostentan la propiedad intelectual de los contenidos, pretendiendo éstas controlar todos los canales de difusión.

Fuente
"Hola, soy Rosell y esto es JACKASS"


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