El Constitucional anula la indemnización a ACS por Castor
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El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la indemnización de 1.350,7 millones para las empresas promotoras, entre las que se encuentra la constructora ACS, del proyecto de almacén de gas de Castor que fijaba el decreto ley de medidas del sistema gasista que el Gobierno aprobó en 2014, al considerarla inconstitucional.En su sentencia, el TC estima parcialmente los recursos presentados por el Parlamento, el gobierno catalán y el grupo del PSC en el Congreso y acuerda declarar "inconstitucionales y nulos" los artículos del decreto que establecían una indemnización por la suspensión de la actividad del almacén, situado frente a las costas de Castellón, tras los pequeños seísmos registrados en la zona.

El TC considera que no concurría una "situación de extraordinaria y urgente necesidad" que justificara aprobar un decreto ley para "atribuir nuevas obligaciones de pago al sistema gasista".El Gobierno aprobó en 2014 el 'rescate' de la infraestructura tras la renuncia presentada por Escal UGS tras los cientos de pequeños seísmos registrados en la zona en la primera fase de su operación. La renuncia conllevó un pago de 1.350 millones de euros que se está cargando al recibo de gas de millones de hogares y empresas durante un periodo de 30 años.

 El Gobierno autorizó el pago de la indemnización a través de un real decreto Ley por el que se encargaba la gestión e hibernación de la infraestructura a Enagás, empresa participada en un 5% por el Estado y encargada de la gestión del sistema gasista nacional. El real decreto ley establecía como compensación "el valor neto de las instalaciones", entendido este como el valor residual de los bienes tras deducir las amortizaciones llevadas hasta la fecha. Esta cantidad se cifró en 1.350 millones de euros.. 

El Gobierno catalán, el parlamento regional y cincuenta diputados socialistas recurrieron la decisión ante el propio Constitucional. El Constitucional cuestiona la agilidad con la que se pagó la indemnización a los titulares de la concesión del almacén. "Menos, si cabe, se justifica la necesidad de que la compensación reconocida en aquel precepto legal haya de ser abonada "en un solo pago [...] en el plazo de 35 días hábiles desde la entrada en vigor de este real decreto-ley" (art. 4.2)", señala la sentencia. "Ni en el preámbulo del Decreto-ley ni en el debate de convalidación de esta norma celebrado por el Pleno del Congreso de los Diputados, se ofrece explicación alguna de este término perentorio", concluye.

"En particular, no se explica qué función cumpla ese plazo en relación con el presupuesto habilitante de la norma de urgencia: la necesidad de garantizar la seguridad de personas, bienes y el medio ambiente en el entorno de la instalación", continúa el tribunal.

El Gobierno defiende el pago

Por su parte, el Ministerio de Energía estima que dicha sentencia no declara la inconstitucionalidad total del texto del Real Decreto-ley 13/2014, sino que estima únicamente los recursos interpuestos sobre los artículos referidos a la solución financiera adoptada "por un motivo formal". En particular, el Tribunal Constitucional no se opone a dicho esquema financiero, sino que "cuestiona el instrumento utilizado para su aprobación", por considerar que, con referencia a los preceptos anulados, no se cumplían los presupuestos de extraordinaria y urgente necesidad que se exige para la aprobación de un Real Decreto-ley. 

En suma, "no concluye en ningún caso que se hubiera producido un pago indebido al titular del almacenamiento sino que considera que hubiera bastado con que la decisión se hubiera aprobado mediante el procedimiento legislativo ordinario de urgencia en vez del Real Decreto-ley".El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital insiste en que adoptará las medidas oportunas cuando estudie en profundidad la sentencia del Tribunal Constitucional.

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Increible. Es el milagro de Navidad.
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De milagro nada, en todo caso el lavado de cara. Lee hasta el final.
Final Fantasy XIII mola, y quien diga lo contrario es un haterbate

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Gracias Inés Arrimadas por esto. Viva Catalonia y visca el Barsa
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